martes, 24 de junio de 2014

Infracciones al Derecho de Autor

Una infracción de derechos de autor, infracción de copyright o violación de copyright es un uso no autorizado o prohibido dde obras cubiertas por las leyes de derechos de autor, como el derecho de copia, de   reproducción o de hacer obras derivadas.


Tambinén es habitual el uso del término "piratería", a menudo de forma petorativa, para referirse a las copias de obras sin el consentimietno del titular de los derechos de autor. El informatico Richard Stallman y el experto de propiedad intelectual, eduardo Samán, entre otros, aegumentan que el uso de la expresión piratería es para referirse a las copias no autorizadas es una exagerancion que pretende equipar el acto de compartir con la violencia de los piratas de bacos, crmininalizando a los usuarios. La Free Software Foundation incluye esta acepción del término en su nómina de expresiones a evitar en materia de derechos de autor.

Los alcances de la protección de las obras a nivel internacional están regidos pot el Convenio de Berna, que establece un plazo minomo de 50 años a partr de la muerte del autor, en la República Dominicana este plazo es de 70 años. La forma en que tratar la legislación estas infracciones es un tema que genera polémica en muchos países del mundo.

Tipos de Piratería


Los tipos más comunes de piratería de obras protegidas por el derecho de autor atañen a los libros, la música, las películas y los programas informáticos.



  • Libros




El sector editorial es el que por más tiempo se ha enfrentado a la piratería. cualquier utilización no autorizada de una obra protegida por el derecho de autor, como un libro, un manual escolar, un artículo de periódico o una partitura, constituye una violación del derecho de autor o un caso de piratería, a menos que dicha utilización sea objeto de una excepción a ese derecho. La piratería de las obras impresas afecta tanto a las copias en papel como a las de formato digital. En algunos países en desarrollo, el comercio de libros pirateados es con frecuencia superior al mercado legal. Las instituciones educativas representan un mercado primordial para los que se dedican a la piratería.
Las actividades que violan el derecho de autor comprenden tanto fotocopiar y/o imprimir y reproducir ilegalmente con fines comerciales libros y otros materiales impresos en formato digital, como distribuir copias impresas o en formato digital.
  • Música
La piratería en el ámbito de la música abarca tanto el uso ilegal tradicional de contenido musical como la utilización no autorizada de dicho contenido en redes de comunicación en línea. El “bootlegging” (grabación o reproducción ilícitas de una interpretación en directo o radiodifundida) y la falsificación (copia ilícita del soporte físico, las etiquetas, el diseño y el embalaje) son los tipos más comunes de piratería tradicional en la esfera musical. El hecho de cargar ilegalmente y poner a disposición del público archivos musicales o de descargarlos utilizando Internet, se conoce como piratería del ciberespacio o en línea. Dicho tipo de piratería también puede comprender ciertos usos de tecnologías relacionadas con el “streaming”.
  • Películas
Como en el caso de la música, la piratería cinematográfica puede ser tradicional o perpetrarse mediante Internet. Esta práctica abarca, de manera no exclusiva, la piratería de vídeos y DVD, las filmaciones con videocámaras en salas de cine, el hurto de copias de películas destinadas a los cines, el robo de señales y la piratería de radiodifusión, así como la piratería en línea.

  • Programas informáticos
La piratería de programas informáticos denota los actos relacionados con la copia ilícita de dichos programas.
Piratería cibernética (en línea)
La descarga o distribución ilícitas en Internet de copias no autorizadas de obras, tales como películas, composiciones musicales, videojuegos y programas informáticos se conoce, por lo general, como piratería cibernética o en línea. Las descargas ilícitas se llevan a cabo mediante redes de intercambio de archivos, servidores ilícitos, sitios Web y ordenadores pirateados. Los que se dedican a la piratería de copias en soporte físico también utilizan Internet para vender ilegalmente copias de DVD en subastas o sitios Web.
A pesar de que el tráfico de obras protegidas por el derecho de autor utilizando medios electrónicos cada vez más complejos, tales como las redes de intercambio de archivos P2P, los espacios para charla en Internet y los grupos de debate, tiene repercusiones cada vez más negativas en las industrias culturales, también se aduce el argumento de que frenar dicho fenómeno limitaría el derecho de acceso a la información, el conocimiento y la cultura.

lunes, 23 de junio de 2014

Informe sobre la piratería en República Dominicana




Estudio de la política criminal 
en relación con la piratería, muy especialmente la República Dominicana

La legislación de la República Dominicana presenta sanciones generales para la piratería que van de 3 meses a 3 años y multas desde U$5.000 a U$100.000. No se encuentra información relativa a nuevas penas en protección a las medidas tecnológicas así como la información para la gestión del derecho de autor.

La Unidad de Litigación inicial de la Fiscalía se encarga de la recolección de información relativa al accionar de dicha entidad y por lo tanto recopila información relacionada con el control de la piratería en lo que se refiere a decomisos, detenciones, procesos iniciados y terminados, y sentencias absolutorias y condenatorias.

La Ley 65-00 Sobre Derecho de Autor de la República Dominicana sanciona la violación a los Derehos de Autor, valga la redundancia, la misma establece lo siguiente en su artículo 169 numeral 2:

Titulo XIII

De las Violaciones al Derecho de Autor y Derechos Afines

De las Sanciones

Artículo 169.- (Modificado por la Ley No.424-06, del 20 de noviembre de 2006).

Artículo 169,  numeral 2

Incurre en prisión correccional de seis meses a tres años y multas de cincuenta a mil salarios mínimos mensuales, quien:

2) En  relación  con  una  obra literaria, artística o científica, interpretación o ejecución artística, producción fonográfica o emisión de radiodifusión, y sin autorización expresa:

a) La modifique, total o parcialmente;

b) La reproduzca, en forma total o parcial, por cualquier medio o en cualquier forma;

c) La distribuya mediante venta, alquiler o de cualquier otra manera;

d) La comunique o difunda, por cualesquiera de los medios de comunicación pública reservados al titular del respectivo derecho;

e) La reproduzca, distribuya o comunique en mayor número que el autorizado en forma expresa; 

f) Conociendo el origen ilícito de la copia o reproducción, la distribuya al público, o la almacene, oculte, introduzca en el país o la saque de éste; o,

g) La reproduzca, distribuya o comunique por cualquier medio, después de vencido el término de la cesión o la licencia concedida.


Estudio sobre la piratería

Este es un estudio presentado por T&T "Tecnología y Telecomunicaciones", en el cual el Ing. Hiddekel Morrison presenta un informe que se hizo hacen unas semanas, realizado por una institución que esta conformada por los principales desarrolladores de software del mundo, el estudio fue hecho sobre la piratería a nivel mundial y se determino que el 77% de los software que se utilizan en República Dominicana son ilegales.



VIDEO.






Piratería de Software


Existen 5 tipos principales de piratería de software:


Falsificación: duplicación, distribución y/o venta ilegales de material con propiedad registrada. 

Piratería en Internet: se produce cuando se descarga software de Internet. Para las compras de software en línea se aplican las mismas normas de compra que para el software en formato de disco compacto. 

Piratería de usuario final: se produce cuando un individuo reproduce copias de software sin autorización.

Uso excesivo del servidor cliente: se produce cuando demasiados usuarios de una red usan al mismo tiempo una copia central de un programa.  

Carga del disco duro: se produce cuando una empresa vende equipos nuevos con copias de software ilegales en los discos duros para hacer más atractiva la compra de los equipos.




 

jueves, 19 de junio de 2014

¿Qué es la Piratería?


    

El término piratería abarca la reproducción y distribución de copias de obras protegidas por el derecho de autor, así como su transmisión al público o puesta en disposición en redes de comunicación en línea, sin la autorización de los propietarios legítimos, cuando dicha autorización resulte necesaria legalmente. La piratería afecta obras de distintos tipos, como la música, la literatura, el cine los prógramas informaticos, los videojuegos, los programas y señales audiovisuales. 

Tradicionalmente la piratería consistía en la reproducción y distribución no autorizada, a escala comercial o con propósitos comerciales, de ejemplares físicos de obras protegidas. No obstante, el rápido desarrrollo de Internet y la utilización masiva en línea, no autorizada, de contenidos protegidos, en la que con frecuencia no existe el elemento comercial, han sucitado un intenso debate. La cuestión acerca de si dicho uso es un acto de piratería y si se debe de aboradar de la msimas manera que la piratería tradicional, constituye ele eje del debate actual sobre el derecho de autor. Están surgiendo distintos puntos de vista, amenudo divergentes, y las respuestas a la cuestión difieren de un país a otro.

Funte: Unesco.